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Terraza, veladores: La calle

19 sept 2011

Las terrazas y veladores dan vida a la calle, estimulan la convivencia y satisfacen el gusto por ver, ser visto y tomar el aire.
Las terrazas y veladores son ruidosas, producen molestias a vecinos y viandantes.
Dos caras de la misma moneda.

LA CRUDA REALIDAD:
  • Muchos establecimientos instalan muchos más veladores de los que han pagado y tienen autorizados. 
  • Otros, además, los colocan en la línea de la fachada y en otra línea junto a la calzada, obligando a los peatones a circular por la calzada.
  • Otros no vigilan el orden de la terraza, de forma que las mesas están desplazadas y dificultan el acceso a vivendas, comercios, etc.
  • La mayoría de los establecimientos, al amparo del vacío normativo y, en cumplimiento de la Ley Antitabaco  disponen estufas, barriles, bancos y otros elementos que no contempla la Ordenanza de Veladores, por haber quedado obsoleta.
  • Los hosteleros se quejan de las limitaciones (Ley Antitabaco, tasas municipales, etc.) y de la reducción de clientes.
En Vitoria-Gasteiz, la norma reguladora de las terrazas y veladores es obsoleta: caducada.
Ordenanza Reguladora de la Tasa por Mesas, Veladores, Sillas, etc., en la Vía Pública 
Aprobación: 28/12/2009
Entrada en vigor: 01/01/2010
Publicación: BOTHA nº 149 de 30/12/2009
(...)
NORMAS DE APLICACIÓN:
1º Constituye el objeto de esta exacción, la ocupación de la vía pública (...) señalados de mesas, veladores, sillas o similares. (...)
3º Las licencias se otorgarán, si procediere, para el año en que se soliciten, entendiéndose prorrogadas para años sucesivos, ...
4º No se autorizará la colocación de elementos que obstaculicen el tránsito de peatones o vehículos, o que obstruyan el libre acceso a los edificios o establecimientos, ni tampoco fuera de la línea de fachada de la finca a que correspondan (...).

RECOMENDACIONES AUTORIZADAS:
  • La FEMP Federación Española de Municipios y Provincias, en la reunión celebrada en Vitoria-Gasteiz
     ... hizo una recomendación a los Ayuntamientos para que adapten sus Ordenanzas a las nuevas necesidades creadas a los establecimientos hosteleros por la aplicación de la Ley AntitabacoFlexibilizar los requisitos para la instalación de terrazas y veladores, en lo que atañe a periodos de tiempo, espacios, modalidades de ocupación y normas sobre el mobiliario y otros elementos ... (Leer completo)
  • Recomendación de oficio de la oficina del Síndico (Ver índice)  Instalación de veladores y estufas en vía pública a partir de la Ley antitabaco” (pdf)
    RECOMENDAMOS que mientras se promulga una Ordenanza municipal específica se deben arbitrar unas INSTRUCCIONES transitorias en los siguientes términos:

    • 1.- Al amparo de Directiva Europea1990/396/CEE, de 29 de junio, y la normativa española de desarrollo, que establece un régimen de libertad para el uso de los aparatos de gas homologados con la marca CE. 
    • 2.- Vinculando la autorización de dichos aparatos homologados –de gas, fotovoltáicos o eléctricos- a la existencia o tramitación de una licencia para velador.
    • 3.- Exigiendo un informe técnico que garantice la seguridad de su ubicación y las indicaciones precisas para su uso y mantenimiento, 
    • 4.- Comprobando que se utilicen aparatos móviles, que habrán de retirarse de la vía pública al cerrar el establecimiento.
  • Otras sensibilidades:
  • Y, por aquello de la necesidad virtud, surge la Creatividad:

INTERÉS SE LE PONE:
  • ACTA DE LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL CELEBRADA EL DÍA 1 DE OCTUBRE DE 2010 (pdf)
    Nº 15
    Expediente 2010/SUB0010
    ASUNTO: APROBACIÓN DE LA CONVOCATORIA PÚBLICA DEL PROGRAMA DE AYUDAS MUNICIPALES A LA ADQUISICIÓN DE EQUIPAMIENTO Y MOBILIARIO EXTERIOR DE TERRAZAS, VELADORES Y ELEMENTOS DE FACHADA EN ESTABLECIMIENTOS DE HOSTELERÍA 2010.
    El presupuesto que se propone destinar a los fines de la presente convocatoria es de VEINTE MIL EUROS (20.000,00 €), existiendo dotación suficiente y adecuada en la partida 0814.3225.471.16 del presupuesto municipal aprobado para el año 2010.

  • ACTA DE LA SESION ORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO EL DIA 25 DE FEBRERO DE 2011 (pdf)
    Nº 16
    ASUNTO: MOCIÓN DEL GRUPO EB-B INSTANDO LA REDACCIÓN DE NORMATIVA DE VELADORES Y LA PUBLICACIÓN DE INSTRUCCIONES ESPECÍFICAS AL RESPECTO DE LOS MISMOS 

    .- SR. ALCALDE.- No se está mirando para otro lado, porque en el momento en que un ciudadano haga una indicación, la Administración tiene la obligación de actuar, para que quede claro. Pero de todas formas, le agradezco, que yo creo que facilita el consenso político, le agradezco la retirada de la enmienda.

    .- SR. ALCALDE.- Se somete a votación LA MOCIÓN DEL GRUPO EBB INSTANDO LA REDACCIÓN DE NORMATIVA DE VELADORES Y LA PUBLICACIÓN DE INSTRUCCIONES ESPECÍFICAS AL RESPECTO DE LOS MISMOS.

    Sometida la Moción a
    votación, QUEDA APROBADA
    POR UNANIMIDAD DE LOS
    CONCEJALES PRESENTES


Parece que nuestros regidores lo toman con calma. En las intervenciones de los Sres. concejales, recogidas en el acta, ya mencionan 2005 como referencia a las demandas iniciales de elaborar la norma reguladora de terrazas y veladores.

¿Será esta legislatura la definitiva para la elaboración de la Ordenanza?

A primera vista y desde la ignorancia, parece excesivo tiempo: 6 años. Entre tanto, crece la frustración entre quienes sufren los abusos de quienes aprovechan en su beneficio el vacío normativo.



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